A QUIEN LE INTERESE- UN PEQUEÑO APORTE A LA MESA DE
CULTURA-DIALOGO I
INTRODUCCION
El arte debe de ser libre al igual que el
artista mismo, para que hagan lo que mejor hacen. Crear. Y que ambos den vida a
la diversidad artística, parte esencial del acervo de los pueblos. Su cultura.
La Unesco, en 1982, declaró:
...Que la cultura da al hombre la
capacidad de reflexionar sobre sí mismo. Es ella la que hace de nosotros seres específicamente humanos, racionales,
críticos y éticamente comprometidos. A través de ella discernimos los
valores y efectuamos opciones. A través de
ella el hombre se expresa, toma conciencia de sí mismo, se reconoce como un
proyecto inacabado, pone en cuestión sus propias realizaciones, busca
incansablemente nuevas significaciones, y crea obras que lo trascienden.
La Cultura al
igual que las artes debe de ser libre, para ello:
·
Todo
proyecto cultural debe estar libre de la política, partidismos e ideologías.
·
El
papel del estado debe de ser facilitador, no un interventor o acondicionador de
directrices que solo favorecen su estrategia política e intereses de partidos o
burocracias que solo fomentan la corrupción, el nepotismo, la colusión,
protagonismos y oportunismos.
DESARROLLO
Siendo fieles a nuestra convicción de que la cultura y
las artes son uno de los eslabones para alcanzar la integración para trabajar
unidos por un objetivo común. “El
empoderamiento de nuestra comunidad al interior de la social que la alberga y
aportar al crecimiento y desarrollo en busca de una mejor nación”, y habiendo
evaluado el contenido del proyecto “Ley de Cultura y Arte”. Nuestras observaciones como activista
comunitario y promotor cultural, artista y miembro de la Diáspora salvadoreña
en el exterior:
No.1
Se
debe de legislar en función de todos los salvadoreños, con equidad e igualdad,
siendo incluyentes. Todos tenemos los mismos derechos, nadie es menos o más,
sino iguales. Por tal razón no habría que hacer diferenciación alguna entre
pueblos originarios, nacionales o diáspora.
Cita No. 1
Pensiones vitalicias para ancianos artistas de los pueblos
originarios
Artículo 48. El Ministerio de Cultura
creará un programa de Pensiones Vitalicias para ancianos artistas y creadores
de los pueblos originarios que han destacado en el aporte artístico y cultural.
Las asociaciones indígenas y culturales podrán presentar los nombres de los
potenciales beneficiarios ante la instancia pertinente del Ministerio Cultura.
Cita No. 2
Pensiones vitalicias
Artículo 83. El FONCCA desarrollará un
programa de pensiones vitalicias de
reconocimiento a los artistas e investigadores destacados en cualquier
disciplina y a los ancianos indígenas -artistas, sabios, o hablantes de
nuestras lenguas originarias, en especial, aquellos que lo requieran por su
condición económica o de salud.
Las propuestas podrán ser formuladas por
asociaciones comunitarias, gremios artísticos, entidades culturales o
artísticas, reconocidas legalmente que estimen y fundamenten la pertinencia de
la postulación
Observación y/o comentario.
·
Se discrimina, margina y
menosprecia a la diáspora del resto de agentes involucrados en el quehacer
cultural y artístico. Lo cierto es que todos aportan a la cultura y el arte
salvadoreño, y por ello merecedores de un retiro digno y asegurado.
·
Las pensiones deberían de ser
todos ya que todos de alguna manera han aportado a la cultura de la nación.
Cita No. 3
Identidad cultural y salvadoreños en el mundo
Artículo 21. Los salvadoreños y las
salvadoreñas, sin importar su lugar de residencia, tienen derecho a participar en la configuración de la identidad
cultural salvadoreña contemporánea. La identidad salvadoreña se nutre de la
inclusión, discernimiento y valoración social de los aportes culturales que
realizan los salvadoreños en el exterior y que son parte de los complejos
procesos de transformación de la identidad cultural de El Salvador.
Observación y/o comentario.
·
Si bien es cierto se reconoce
el aporte de la Diáspora en el proceso de transformación de la identidad
cultural de la nación, está solo es invitada a participar, pero excluida de los
derechos y beneficios que se otorgan a los nacionales y pueblos originarios
Cita No. 4
Carácter territorial de la política cultural y de arte
Artículo 23. Las personas y las comunidades de todos los lugares del país son
sujetos creadores de cultura y objeto de los beneficios de la política de
cultura y arte del Estado que tiene un carácter territorial.
Observación y/o comentario.
·
La diáspora queda excluida porque
esta no forma parte del territorio nacional en todo caso se limita al
territorio salvadoreño en el extranjero representado por los consulados y
embajadas. Cuyos antecedentes al evaluarse, no responden a las necesidades de
la comunidad, más bien a satisfacer protagonismos de sus titulares y planes de
trabajo orientados a motivar la nostalgia y nacionalismo como estrategias
partidarias. Además de comercializar con la pobreza de la nación esperando
canalizar los beneficios en una sola dirección, no hay reciprocidad. El
Salvador es de todos.
No. 2
La Cultura al igual que las
artes, ambas deben de ser libre para que estas se desarrollen en libertad.
Cita No. 5
Centralidad de la cultura y el arte
Artículo 33.La
política de Estado dirigida al fomento de la cultura y el arte promoverá el entendimiento de la centralidad de la
cultura y el arte para propiciar la vida en plenitud de los ciudadanos y
apoyará a las organismos ciudadanos y comunitarios que desarrollen experiencias
culturales participativas, artísticas y comunicacionales.
Cita No. 6
Articulación estatal para el impulso de la cultura
Artículo 35. Todos los ministerios y
dependencias del Estado asumirán, en lo que les compete, la aplicación del
contenido de la presente Ley.
El
Ministerio de Cultura se articulará con los demás
entes estatales para permitir la introducción de una dimensión cultural que sea
pertinente a la naturaleza de los programas, proyectos y actividades que
realizan, y procurará consensuar políticas y proyectos culturales cooperados
entre dichas dependencias públicas.
Cita No. 7
TÍTULO V. GESTIÓN ESTATAL DE LA CULTURA Y DEL ARTE
CAPÍTULO I. EL MINISTERIO DE CULTURA COMO ENTE RECTOR
Créase el Ministerio de Cultura como
organismo rector de gestión estatal de la cultura y del arte
CAPÍTULO
II. DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL MINISTERIO DE CULTURA.
Artículo 51 al 57
CAPÍTULO
I FONDO NACIONAL CONCURSABLE PARA LA CULTURA Y LAS ARTES.
Fondo
Nacional Concursable para la Cultura y las Artes.
Artículo
72 al 89
CAPÍTULO
II. FIDEICOMISO PARA EL ARTE Y LA CULTURA
Del
Fideicomiso para el Arte y la Cultura
Artículo
90 al 112
Observaciones y/o comentarios.
·
El papel del estado solo debe
de ser gestor, proveedor, facilitador e intermediario.
·
No se requiere un Ministerio de
Cultura. Con ello solo genera burocracia y se crean las condiciones para el fomento de la corrupción, el nepotismo, la colusión,
el protagonismo y el oportunismo, despilfarro de recursos. etc. Porque no
aprovechar y maximizar las estructuras que ya existen.
·
Si de
trasfondo, la intención es generación de fuentes de empleos, que sean los
agentes involucrados en el quehacer cultural y artístico los encargados de
generarlos para que así también ellos gocen de los beneficios que de ello se
deriven y reciban el justo reconocimiento por su labor. Tomando en cuenta que es uno de los objetivos
perseguidos por el legislador:
Cita No. 9
VIII. Que el arte es esencial en la vida
del ser humano y en el desarrollo de una sociedad más humana y más justa, y de
una vida en común pacífica y espiritualmente rica, y que el Estado tiene el deber de proteger, defender y ayudar a que
los artistas puedan ejercer plenamente su libertad de creación y gozar de todos
los derechos humanos, civiles y laborales, y del fruto de su trabajo.
No. 3
Maximización de recursos disponibles.
El papel de la Diáspora debe de vislumbrarse más allá
de estigmatizarlos como potenciales proveedores de recursos para la nación,
consumidores de productos nostálgicos, etc. A través de la explotación de su
nostalgia y nacionalismo. Imponer la obligación de apalancar lo nacional, sub
utilizando su potencial.
El compendio a través de los artículos
273 al 280 es el apartado especial que atañe a la diáspora
Cita No. 5
CAPITULO II PROYECCIÓN CULTURAL DE EL SALVADOR EN EL EXTERIOR
Política cultural de El Salvador en el exterior
Artículo 273. El Ministerio de Cultura, en consulta con el Ministerio de Relaciones
Exteriores, elaborará la política cultural internacional de El Salvador,
para fortalecer la proyección cultural salvadoreña en los distintos países y, a
su vez, capitalizar los conocimientos y la cooperación internacional en materia
de cultura, reconociendo que ésta es un factor fundamental que coadyuva al
intercambio y entendimiento entre los pueblos.
La política cultural salvadoreña en el
exterior tendrá como objetivo primordial
el estrechamiento de los vínculos culturales e identitarios y la
intensificación de la cooperación cultural, artística y académica, entre los
salvadoreños que residen en el país y los que radican en otros países.
El Ministerio de Cultura coordinará con
el Ministerio de Relaciones Exteriores la elaboración y ejecución de los
programas anuales de cultura en el exterior y considerará de forma especial la
promoción e implementación de mecanismos
y estrategias de posicionamiento y ventas de las obras de los artistas
salvadoreños.
El servicio exterior está obligado a promover los bienes producidos por las
Empresas Culturales Nacionales, para lo cual el Ministerio de Relaciones
Exteriores deberá coordinar con el Ministerio de Cultura las acciones
necesarias dicho fin.
Observación y/o comentario.
·
El trabajo y esfuerzo para la
apertura de oportunidades y mercados está a cargo de la Diáspora, pero la
prioridad sigue siendo los nacionales, no existe la igualdad y equidad.
Agregados culturales en el exterior
Artículo 274. El Ministerio de
Relaciones Exteriores procurará crear el
cargo de Agregado cultural, con el fin de ampliar, profundizar y dar
sostenibilidad a la promoción cultural de El Salvador en el exterior y a la
gestión con entidades públicas y privadas de forma de acrecentar su cooperación
con El Salvador, en materia de becas, financiamiento para la cultura, educación
artística, enriquecimiento y protección del Patrimonio Cultural, investigación,
difusión del arte salvadoreño, entre otras.
Los
agregados culturales asumirán la política cultural internacional de El Salvador
para la formulación y ejecución de sus programas, proyectos y actividades y los
conducentes al estrechamiento de vínculos culturales e identitarios entre los
salvadoreños que residen dentro y fuera del país.
El Ministerio de Cultura y el Ministerio
de Relaciones Exteriores, promoverán programas específicos de cultura y arte en
los países donde residen comunidades de salvadoreños.
Observación y/o comentario.
·
Todo en función de favorecer a
lo nacional, nada para satisfacer las propias necesidades de la Diáspora como
lo es erradicar su incultura con el fin de que esta valore lo nuestro y
alimente su acervo.
Registro de artistas
Artículo 275. El Ministerio de
Relaciones Exteriores de El Salvador, a través de sus embajadas, elaborará el
registro digitalizado de artistas, escritores, científicos, investigadores,
profesionales en el campo de la cultura, las ciencias sociales, el arte, las
humanidades y de los docentes y estudiantes de posgrado. Este registro será
público y tendrá por objeto alimentar el diseño de políticas, programas y
proyectos destinados a desarrollar los intercambios y la movilidad cultural y
educativa, artística, académica, científica y tecnológica, entre salvadoreños y
comunidades dentro y fuera del país.
Intercambios
Artículo 276. El Ministerio de Cultura
promoverá el intercambio internacional gubernamental y no gubernamental de
carácter cultural y artístico, en especial, aquél que propicia la formación de
recursos humanos en artes, investigación, protección del patrimonio cultural,
gestión y promoción culturales, entre otros.
Intercambios entre salvadoreños dentro y fuera del país
Artículo 277. La política de cultura del
Estado garantizará los intercambios culturales, artísticos y académicos entre
los salvadoreños residentes en el país y los residentes en el exterior,
especialmente entre los creadores, profesores, estudiantes, integrantes de
elencos artísticos o de equipos científicos, trabajando en el campo de la
cultura y las artes.
Protección de los artistas en el exterior
Artículo 278. EI Estado, a través de sus
representaciones diplomáticas garantizará la protección y defensa de los
derechos de los artistas salvadoreños.
Observación y/o comentario.
·
Es de asumir que la defensa es
en contra de terceros, pero no de los propios salvadoreños
Red cultural y artística
Artículo 279. El Ministerio de Cultura
convocará bianualmente a un encuentro entre artistas, profesionales y
estudiantes de la cultura, residentes dentro y fuera del país, con el objeto de
alcanzar acuerdos y determinar un curso de acción para fundar e institucionalizar una red mundial de salvadoreños para la
cultura y arte.
La
red mundial de cultura y arte de los salvadoreños podrá contribuir a fortalecer
el Fideicomiso que alimenta al Fondo Concursable de la Cultura y el Arte,
FONCCA, presentando a concurso sus proyectos.
La red mundial de cultura y arte de los
salvadoreños podrá presentar sus proyectos al FONCCA.
Observaciones y/o comentarios.
·
Se proyecta fundar e
institucionalizar la red mundial de
salvadoreños para la cultura y las artes, en el exterior con el fin que
esta contribuya al fortalecimiento del Fideicomiso administrado a través de la
gestión de recursos en el exterior y que serian administrados por FONCCA. Una
entidad nacional y burocrática. Lo irónico es que el caso de demandar recursos
para la realización de proyectos de la Diáspora locales, se podrá someter a
concurso del FONCCA quienes decidirán si los otorgan o no. Además de irónico,
injusto y gracioso, tomando en cuenta que la Diáspora aportaría estos recursos.
·
Recursos que a la larga quizá nunca podrá
disponer para el desarrollo de sus propios proyectos, considerando toda la
infraestructura burocrática que se espera crear de índole administrativa.
Muestra anual de arte salvadoreño para el exterior
Artículo 280. El Ministerio de Cultura
organizará una instancia artística dedicada a preparar una “Muestra Anual del
Arte Salvadoreño”, con vistas a una gira internacional anual, en especial, en
los lugares donde existe una mayor concentración de población salvadoreña. La
instancia trabajará con un enfoque multidisciplinario y participativo,
garantizando la inclusión de artistas y entidades culturales ciudadanas y de
obras y espectáculos representativos de la diversidad cultural e identitaria
del país.
Observaciones y/o comentarios.
·
No se consideran beneficios
similares a los otorgados a los nacionales y pueblos originarios.
·
Se nos margina y discrimina. Se
nos considera dentro del contexto motivando y exaltando la nostalgia y
nacionalismo con el objetivo de participar y dar sin esperar nada a cambio en
reciprocidad.
·
Lo cierto es que en el
extranjero los artistas salvadoreños muy pocos viven del arte y aportan sin
recibir el mínimo apoyo inclusive de su propia comunidad. Luego de eso es la
misma que por su incultura nos desvalorizan.
Que bueno que la diáspora salvadoreña ya esté leyendo el documento. Algunas valoraciones: El documento es perfectible y los señalamientos que hacen son sumamente interesantes y llegan a tiempo, pues en estos momentos la comisión legislativa de cultura ha dado inicio a sus sesiones para discutir la propuesta.
ResponderEliminarPor el tono en que se presentan los comentarios de esta página parecería que a los amigos de la diáspora en Long-Island les parece que el proyecto ha sido redactado de mala fe, y eso me parece que no es el caso. Lo importante de que estén señalando estos aspectos es que llegan a tiempo, pues ahora comienza la discusión y la recepción de propuestas.
Mi concepto sobre el Ministerio es que sí es necesario, pues de momento una "secretaria de Cultura" es una institución frágil que depende directamente de casa presidencial (¿porqué un presidente tiene que tener en su despacho las decisiones finales sobre la administración tanto del zoológico nacional como sobre los parques arqueológicos?) La creciente demanda del los salvadoreños adentro y afuera por hacer de la cultura un eje de desarrollo demanda de una institucionalidad eficiente, y a la vez ordenada. En mi opinión el Ministerio de cultura es una buena propuesta. Fijense en una cosa, actualmente el Ministerio de Turismo tiene más recursos que la Secretaría de Cultura.
Sobre los Fondos Concursables para la Cultura y las Artes:
Esta es otra propuesta interesante, pues prevee un fideicomiso dedicado no a pagar planillas de la burocracia, sino a administrar los recursos entre los sujetos creativos y creadores. Si hay algo que decir sobre esta iniciativa, es aplaudirla, y por supuesto monitorear porque su entrada en vigor sea acompañada de las más estrictas prácticas de ética. Yo personalmente la aplaudo.
Mis felicitaciones por esta iniciativa de los miembros de la diáspora en Long-Island. Saludos de otro miembro de la diáspora salvadoreña (en México) y aquí les comparto una página web sobre mi trabajo en la arqueología de El Salvador para los interesados: www.cabezasdejaguar.com
Atentamente
Federico Paredes Umaña, arqueólogo
Qué buenas observaciones en este artículo !!! Cómo pretenden crear un Ministerio de Cultura cuando en ES a duras penas hay gestores culturales ? Es más, la carrera de gestión cultural NO existe en las universidades.. Por eso, allá nadie se mosquea por el hecho que un pintor es director del MARTE y, una señora propietaria de la tienda de chunches de ese museo es la actual secretaria de secultura, que otros artistas ocupan puestos claves ahí, encontrar un mingitorio tirado en los jardines (soy testigo) de un museo no espanta a nadie, etc etc... Como bien sabemos, la cultura no se improvisa. La raíz de nuestros problemas es el pésimo sistema educativo del país. La creatividad sin educación es casi imposible. EDUCACION -> CULTURA.
ResponderEliminarEste artículo me da miedo: DERECHO A SUS TIERRAS Y RECURSOS
ResponderEliminarArtículo 45. El Estado reconoce y protegerá los derechos de los pueblos originarios a poseer, explotar, controlar y utilizar sus tierras, territorios y recursos comunales, y en los casos en que se les ha privado de sus tierras y territorios de los que tradicionalmente eran dueños, o se han ocupado o utilizado esas tierras y territorios sin su consentimiento libre e informado, adoptará medidas de restitución o de una justa indemnización.
Cómo es esto ??? OJO !!! Esto es un absurdo y se debe analizar detenidamente... para eliminar este artículo.