En una cita bibliográfica, Violeta Bonilla (1926-1999) expresa sobre el significado de la figura: “Quise representar un hombre sin ataduras, sus manos sueltas expresan la libertad intangible, y los cuatro picos del fondo representan otras cuatro naciones centroamericanas”

viernes, 19 de febrero de 2010

VOTO EN EL EXTERIOR, UN DERECHO O UNA ESTRATEGIA DE LA POLITICA SALVADOREÑA- POR JGUZ


Verdad

Somos más de 3,000.000 de salvadoreños por todo el mundo, 2,500.000 se encuentran en los Estados Unidos de Norte América.

Hechos
De acuerdo a un articulo publicado en el periódico digital de la Pagina
Última actualización: 12 DE FEBRERO DE 2010 18:15
por Redacción de La Página

Los salvadoreños en Estados Unidos enviaron en enero al país 236 millones de dólares, una cifra 6.5% inferior al mismo mes del 2009, informó el viernes el Banco Central de Reserva (BCR).

En enero del año pasado las remesas fueron por 252.4 millones.

El Banco señaló que los Estados Unidos han comenzado a dar señales de recuperación económica en el último trimestre de 2009, mostrando un crecimiento trimestral del Producto Interno Bruto de 5.7%, y "esta recuperación se ha reflejado en una mejoría en el ritmo de crecimiento que han venido registrando las remesas".

Las remesas constituyen un aporte importante para la economía del país.

CONTEXTO DE DERECHO
Buscando elementos a este respecto, que mejor base que nuestra constitución política de la república de el salvador y sus reformas hasta el año 2009. Donde si analizamos el espíritu del legislador incorporado en el cuerpo del decreto No. 38, nos da la idea que desde el inicio todo viene de la boca al diente, ya que los hechos demuestran todo lo contrario.

Cita textual
CONSTITUCION DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR
DECRETO NUMERO 38

Nosotros, representantes del pueblo salvadoreño reunidos en Asamblea Constituyente, puesta nuestra confianza en Dios, nuestra voluntad en los altos destinos de la Patria y en ejercicio de la potestad soberana que el pueblo de El Salvador nos ha conferido, animados del ferviente deseo de establecer los fundamentos de la convivencia nacional con base en el respeto a la dignidad de la persona humana, en la construcción de una sociedad más justa, esencia de la democracia y al espíritu de libertad y justicia, valores de nuestra herencia humanista.

Decretamos, sancionamos y proclamamos, la siguiente Constitución:

Que alguien me diga y pruebe con hechos que se ha cumplido con el espíritu del legislador contenido en la carta magna. Donde podemos observar el respeto digno y trato justo para el salvadoreño que por circunstancias de la vida y otros menesteres se vieron obligados a desintegrar la familia, abandonar la tierra que les vio nacer, someterse a condiciones infrahumanas, discriminación y maltrato, emigrando al exterior, los estigmatizados con el signo de dólar en la frente, los que por conveniencia de las remesas nostálgicas son nuestros hermanos lejanos y que durante mas de 20 años se le ha negado su derecho. El derecho inalienable contemplado en los artículos 72 y 73 de la constitución, como personas humanas, ya que solo somos vistos como potenciales consumidores de productos nostálgicos y un mercado que adormecer con el opio del nacionalismo, ideologías, partidarismos y nostalgia en épocas de campaña con promesas que se las lleva el viento.

Cita textual
CAPITULO III
LOS CIUDADANOS, SUS DERECHOS Y DEBERES POLITICOS Y EL CUERPO ELECTORAL

ARTICULO 71.- Son ciudadanos todos los salvadoreños mayores de dieciocho años.

ARTICULO 72.- Los derechos políticos del ciudadano son:
1º Ejercer el sufragio;
2º Asociarse para constituir partidos políticos de acuerdo con la ley e ingresar a los ya constituidos;
3º Optar a cargos públicos, cumpliendo con los requisitos que determinan esta Constitución y las leyes secundarias.

ARTICULO 73.- Los deberes políticos del ciudadano son:
1º Ejercer el sufragio;
2º Cumplir y velar porque se cumpla la Constitución de la República;
3º Servir al Estado de conformidad con la ley.

El ejercicio del sufragio comprende, además, el derecho de votar en la consulta popular directa, contemplada en esta Constitución.

Cuanto tiempo habrá que pasar más, para que la diáspora salvadoreña dispersa por el mundo pueda ejercer su derecho de votar.

Cualquiera diría, es fácil de resolver solo tienen que viajar a El Salvador y votar. No toman en cuenta que muchos no lo podrían hacer por no disponer de un estatus migratorio que les permita regresar.

No es nuestro problema, quizá sea la respuesta, nadie les obligo a emigrar, pero si las remesas son bien recibidas y hasta consejos nos dan. Procuren que no los deporten.

Cuanto tiempo más deberá de pasar para que alguien se levante de su curul y abogue los derechos de la Diáspora Salvadoreña y cumpla con honorabilidad lo que le manda la constitución y que juro defender y cumplir.

Quizá solo así lleguemos a pensar que los salvadoreños en el exterior somos tratados con igualdad y equidad.

TITULO VIII
RESPONSABILIDAD DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS
ARTICULO 235.- Todo funcionario civil o militar, antes de tomar posesión de su cargo, protestará bajo su palabra de honor, ser fiel a la República, cumplir y hacer cumplir la Constitución, ateniéndose a su texto cualesquiera que fueren las leyes, decretos, órdenes o resoluciones que la contraríen, prometiendo, además, el exacto cumplimiento de los deberes que el cargo le imponga, por cuya infracción será responsable conforme a las leyes.

Cuanto tiempo deberá pasar para que den fiel cumplimiento a lo contemplado en el artículo 246. La Constitución manda a que todo salvadoreño mayor de 18 años tiene el derecho de ejercer el voto y el artículo 235 demanda a los funcionarios públicos cumplir y hacer cumplir la constitución.

Ningún pretexto como: No vale la pena si no van a llegar a votar, no hay presupuesto, habrá que invertir en personal, tendrán que ir hacer campaña en el extranjero, etc. O sobre posición de intereses privados o políticos debe de prevalecer sobre la constitución. Véase el artículo siguiente:

TITULO IX
ALCANCES, APLICACION, REFORMAS Y DEROGATORIAS

ARTICULO 246.- Los principios, derechos y obligaciones establecidos por esta Constitución no pueden ser alterados por las leyes que regulen su ejercicio.

La Constitución prevalecerá sobre todas las leyes y reglamentos. El interés público tiene primacía sobre el interés privado.

Si tanta importancia se le dio a la problemática de Honduras, por que no hacer resaltar que ellos, por tercera ocasión votaron en el Extranjero, algo para envidiar.

Tenemos el tiempo para criticar, lloriquear, que la culpa es de fulano, zutano o mengano, dan mil argumentos. El caso es que validos o no, solo sirven para divagar la mente de los nostálgicos y no afrontar la realidad.

Muchos salvadoreños en el exterior se llenan de protagonismo organizando marchas, se paran en frente de los edificios con bongos y platillos, hacen ruidos por las causas ajenas o les hace revivir la nostalgia del pasado. Aun no logran despertar de las secuelas y fantasmas del pasado, todo es bla, bla, bla……

Donde están las marchas para reclamar su derecho a votar, donde están las pancartas y panfletos, donde están las pintas reclamando lo que por derecho nos pertenece y que durante mas de 20 años, nos ofrecen candidatos y partidos políticos cuando vienen a solicitar que se financien campañas o conformación de alianzas, ya que voto se sabe, que quizá 300 pagaran su pasaje para ir a votar. Por que la mayoría es indocumentada.

Donde están los que se autoproclaman líderes comunitarios que sueñan con un huesito publico otorgado por la política nacional dando atol con el dedo de mejorar calles, llevar agua o limpiar el cementerio.

Se comenta a todas voces la consulta popular.
¿Verdad o demagogia?

Cual seria la respuesta al resultado que se diera. Si han callado las voces de 3,000,000  ciudadanos salvadoreños por el mundo, al negarnos el voto.

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