En una cita bibliográfica, Violeta Bonilla (1926-1999) expresa sobre el significado de la figura: “Quise representar un hombre sin ataduras, sus manos sueltas expresan la libertad intangible, y los cuatro picos del fondo representan otras cuatro naciones centroamericanas”

domingo, 5 de junio de 2011

PUNTOS DE VISTA DE LA DIASPORA- PRONUNCIAMIENTO DE LOS SALVADOREÑOS RECIDENTES EN WASHINGTON DC.

Pronunciamiento de los salvadorenos residentes en Washington DC.
de Daniel Joya, el Domingo, 05 de junio de 2011 a las 22:08

Para difusión inmediata.

La comunidad salvadoreña residente en el área Washington DC, Maryland y Virginia, repudiamos la acción de los diputados de Arena, Gana, PDC y PCN al aprobar Decreto Transitorio a la Ley Orgánica Judicial;

Deploramos el error histórico del Señor Presidente constitucional, Señor Carlos Mauricio Funes Cartagena, al avalar la acción errada de las fracciones legislativas antes referidas de atentar precisamente contra la Constitución de la República.

Con los acuerdos de paz se inicia una era democrática en El Salvador, cayendo luego cae en un letargo que se rompe con el mandato del pueblo salvadoreño en las elecciones de enero y marzo de 2009, que allanó el camino para la elección de la actual Sala de lo Constitucional, la cual con sus sentencias expeditas dinamizó aún más el proceso democrático.

Como país, necesitamos que la Sala siga con su trabajo de resolución de casos pendientes, con independencia en la interpretación de la Constitución. Con las sentencias resultantes se han fortalecido tanto la sociedad civil como el proceso democrático.

El Decreto Número 743 lesiona el ejercicio de frenos y contrapesos entre los tres órganos del estado. Semejante aberración legal coarta la facultad de la Sala de ejercer sus funciones, debilitando asimismo la capacidad del órgano judicial y aumentando la desconfianza hacia el aparato de justicia, lo cual conlleva hacia la ingobernabilidad.

Por todo lo anterior, exigimos:

1-A la Asamblea Legislativa que derogue de inmediato el Decreto en referencia y a los diputados que se abstuvieron de votar que tomen el liderazgo para introducir la correspondiente iniciativa de ley, de manera inmediata.

2-A la Sala de lo Constitucional, que en concordancia con los artículos 172 inciso segundo y 185, ambos de la Constitución de la Republica, declare inaplicable el Decreto Legislativo Número 743 en los casos que conozcan.

3-Al Presidente Funes, que use el tiempo permitido por la ley para evaluar y emitir juicios sobre los interpretaciones propuestas para que sus sanciones sean en interés del país y la gobernabilidad y no de acuerdo a coyunturas momentáneas.

Nos unimos a las manifestaciones espontáneas de repudio por parte de la ciudadanía.

¡Por la gobernabilidad y la justicia!

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